2015 subvenciones existentes para la rehabilitación de edificios
> Objeto de las ayudas
Incentivar la sustitución de calderas, calentadores o termos cuyo combustible sea carbón, GLP (butano, propano, etc.), gasóleo, electricidad o gas natural por calderas de condensación de gas natural o de GLP, con objeto de incrementar su seguridad y aumentar su eficiencia energética.
>Actuaciones objeto de ayuda
Sustitución de instalaciones individuales domésticas, o situadas en edificios de viviendas pertenecientes a comunidades de bienes, o de empresas o de edificios del sector terciario, cuya potencia térmica sea menor o igual a 70 kW.
>Requisitos que ha de cumplir el inmueble objeto de las ayudas
1. Deberán instalarse aparatos nuevos, lo que se acreditará mediante factura correspondiente. Los nuevos aparatos deberán estar inscritos en la base de datos de calderas eficientes de la web www.cambiatucaldera.com
2. Reducción mínima del 20% del consumo previo a la sustitución.
3. En ningún caso se podrá acoger al plan la compra sin instalación, lo que se acreditará mediante factura emitida por la empresa instaladora adherida al Plan Renove que realice la sustitución.
4. Los aparatos sustituidos deberán ser inutilizados, lo que se acreditará mediante certificación de la empresa instaladora.
5. No podrán acogerse las instalaciones realizadas a través de una empresa de servicios energéticos.
6. No podrán acogerse las sustituciones en instalaciones para las que ya se haya recibido un incentivo en alguna de las ediciones de este Plan en los 5 años anteriores.
7. Podrán acogerse al Plan las sustituciones realizadas a partir del 1 de noviembre de 2014 hasta el 25 de Septiembre de 2015.
> Beneficiarios de las ayudas
Personas físicas o jurídicas propietarios de viviendas o edificios del sector terciario en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
> Cuantía de las subvenciones
150€ por caldera instalada, con un máximo del 30% de la inversión..
> Costes de ayuda subvencionables
Coste elegible: El coste elegible estará formado por los conceptos de compra de caldera, incluyendo cualquier elemento adicional, y mano de obra necesaria para su instalación.
> Tramitación
Los incentivos serán abonados, tras la realización de la obra, una vez que se haya presentado la documentación requerida y se hayan hecho las comprobaciones necesarias. La entidad gestora ASEFOSAM, ingresará los incentivos en la cuenta corriente indicada por el beneficiario. (información y gestión: www.cambiatucaldera.com, 914687251).
> Plazo de solicitud de la ayuda
Desde el 16 de febrero de 2015 hasta el 25 de septiembre de 2015, siempre que haya fondos disponibles.
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