inspección técnica de edificios (ITE)
¿qué edificios están obligados a pasar la ITE?
La normativa de cada comunidad autónoma fija cada cuánto tiempo es obligatorio que un edificio pase una inspección técnica. En Madrid, la Inspección Técnica tiene carácter obligatorio para todos los edificios de más de 30 años, debiéndose renovar después cada 10. En otras Comunidades como Castilla la Mancha, Galicia o País Vasco la han de pasar los edificios de más de 50 años y renovar cada 10.
Listado de Edificios que tienen que pasar la Inspección Técnica ITE Madrid 2015
¿quién se tiene que hacer responsable de pasar la ITE?
Los propietarios. En dicho concepto se incluye tanto el propietario o propietarios de una finca como en el caso de una finca en régimen de división horizontal a todos los propietarios.
Los Ayuntamientos podrán requerir de los propietarios la exhibición de los informes técnicos resultantes de las inspecciones periódicas y, en el caso de comprobar que éstas no se han realizado, ordenar su práctica o realizarlas en sustitución y a costa de los obligados.
¿en qué consiste la inspección?
Lo primero que hacemos es preparar la hoja de encargo, documento que acredita que vamos a realizar la inspección de la finca, en el cual se nos autoriza a visitar todas las dependencias del edificio.
Después iniciamos una fase previa de recopilación de datos que nos permitirán conocer y poder ubicarnos el día de la visita al edificio: - Localización (plano de situación) - Datos de la propiedad y del representante legal - Actuaciones previas: obras, intervenciones, expedientes de inspecciones anteriores - Encuestas a los inquilinos, para recopilar información, problemas
Información previa sobre: - Configuración volumétrica del edificio - Medianeras y edificios colindantes - Sistemas constructivos: – Cimentación: existencia de muros de contención, soleras y cámaras sanitarias – Estructura: estructura principal y secundaria – Fachadas: tipos, construcción, orientaciones, etc. – Patios interiores: número, huecos, etc. – Cubiertas: tejados, azoteas y sistemas constructivos - Ficha energética: toma de datos y fotografías - Instalaciones existentes (fontanería, saneamiento, electricidad, gas, etc.) - Elementos de accesibilidad
Ahora ya podemos realizar la Inspección, y se revisarán al menos: - Estado de la estructura y cimentación - Estado de las fachadas interiores, exteriores y medianeras - Estado de las cubiertas y azoteas - Estado de las redes generales de fontanería y saneamiento - Estado de los elementos de accesibilidad
Una vez realizada la visita, analizamos la información recogida y redactamos el informe.
Por último se realiza la tramitación con la Administración correspondiente y se entrega toda la documentación en formato digital al cliente.
¿qué normativa regula la ITE en la Comunidad de Madrid?
La Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, aprobada el 30 de Noviembre de 2011 publicándose en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 26 de Diciembre. Podéis consultarla en el siguiente enlace:
Normativa ITE Comunidad de Madrid
¿existen subvenciones para realizar la obras derivadas de una ITE desfavorable?
Existe un Programa de Ayudas para el Fomento a la Rehabilitación Edificatoria, correspondiente al Plan de Vivienda y Suelo 2013-2016, Real Decreto 233/2013.
Este programa tiene por objeto la financiación de la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, así como en los elementos y espacios privativos comunes, de los edificios de tipología residencial colectiva.
¿cuánto cuesta?
No existe una tarifa regulada, por lo que será cada técnico el que valorará el coste en función de las características del inmueble. Si lo desea puede solicitarnos un presupuesto sin compromiso:
¿quiere saber más?
Artículo: Claves de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) y el Informe de Evaluación de Edificios (IEE).
Artículo: Precio ITE Madrid 2015.
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